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Miercoles, 11 de Diciembre de 2024 00:00

Procedimiento para el reconocimiento de un nuevo Sexenio antes del 31 de diciembre

Si durante el año natural en curso has cumplido el sexto año de un sexenio, recomendamos desde el STEC-IC acreditar la parte proporcional de la formación desde el 1 de enero de 2018 (17 horas por año) y solicitar el reconocimiento de dicho sexenio cuanto antes y siempre con anterioridad al 31 de diciembre próximo.

 

 

Consultas

 

 

Realizar solicitud de reconocimiento vía sede electrónica

(Debe adjuntar el modelo de solicitud de reconocimiento abajo indicado).

 

 

Modelo de solicitud de reconocimiento de sexenios.

 

 

Manual presentación de solicitud de reconocimiento vía sede electrónica 

 

 

Acceso a la Web de la Consejería de Educación

 

 

Toda la información sobre los Sexenios y otros complementos.

 

 

Normativa Complemento de formación permanente (Sexenios)

 

 


 

 

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE UN NUEVO SEXENIO

 

 

Normativa reguladora: ORDEN de 25 de abril de 2018, sobre reconocimiento y abono de los sexenios, tutoría y PILE.

 

Reconocimiento: a solicitud de la persona interesada ante la Dirección General de Personal (art.4; párrafo 1º).

 

Documentación: solicitud telemática por sede electrónica acompañada del modelo de solicitud en Pdf y del Portfolio de Formación y, si fuera necesario para actividades no contempladas en el portfolio, original o copia autenticada de la documentación que acredite la realización de cien horas de actividades de formación (o su equivalente en créditos LRU o ECTS) exigidas para el reconocimiento del correspondiente sexenio (art.4; párrafo 2º).

 

Quienes tengan reconocido de oficio parte del periodo sexenal en curso, solo tendrán que acreditar la formación que corresponda a la parte proporcional de los años que le falten para completarlo (art.4; párrafo 3º).

 

Plazo de presentación: a partir de que se cumplan los requisitos y siempre antes del 31 de diciembre. Producirá efectos administrativos desde su solicitud y efectos económicos a partir del 1 de enero del año siguiente.

 


 

 

Pica en la imagen para ampliar.

 

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