FIRMA POR LA PARALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN EN VIRTUD DE LA SENTENCIA DEL TJUE
¿A quién afecta la sentencia?
- Personal con contrato laboral temporal o indefinido no fijo.
¿Qué viene a decir?
1.- Dictamina que no son válidos los procesos selectivos al amparo de la Ley 20/2021 por no considerar como elemento primordial a las personas objeto del abuso de temporalidad.
2.- Desecha la opción de indemnización por despido.
3.- Cuestiona que en virtud de los principios constitucionales que deben regir las ofertas públicas de empleo (publicidad, mérito y capacidad) no se consoliden en sus empleos a las personas que se encuentran en situación de abuso de temporalidad.
4.- Indica que debe modificarse la jurisprudencia consolidada en base a normas estatales que se opongan a la Clausula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada contenido en la Directiva 1999/70 CE.
5.- Propone la conversión de los contratos temporales o contratos indefinidos no fijos en contratos fijos como solución válida.
¿La sentencia es de aplicación directa o tiene que producirse algún otro pronunciamiento?
- Las sentencias del TJUE no son de aplicación inmediata a los estados miembros pero sus leyes y jurisprudencia deben adaptarse a las mismas por lo que cabe esperar que los tribunales de justicia empiecen a pronunciarse tomando en consideración dicha sentencia.
¿Cabe aplicar esta sentencia a las personas funcionarias interinas en situación de abuso de temporalidad, por ejemplo, el profesorado interino?
- Directamente, no. Sin embargo, dado que los argumentos son perfectamente extrapolables a la función pública, podemos esperar que, en breve, salga una sentencia en los mismos términos referida al sector funcionarial.
¿Qué se puede hacer mientras?
- De momento hay que esperar a que el TJUE se pronuncie específicamente en para el caso de los funcionarios interinos pero, en previsión de que sea en los mismos términos, lo más sensato sería paralizar los procesos de estabilización en marcha para evitar impugnaciones y garantizar que, cuando se lleven a cabo, cumplan con la Clausula 5 citada y los resultados sean más favorables a las personas en abuso de temporalidad.
- Súmate a la campaña de recogida de firmas que ha puesto en marcha el STEC-IC.
Secretariado Nacional del STEC-IC
* Tribunal de Justicia de la Unión Europea