AQUÍ INFORMACIÓN DE INTERÉS

Videos destacados Galerías vídeos Ver más

XII CONGRESO DEL STEC-IC. Tejiendo redes de participación
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿Es posible bajar las ratios en Canarias?
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guías Prácticas para el Profesorado
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ

Imagenes destacadas Galerías fotos Ver más

XII CONGRESO DEL STEC-IC. Tejiendo redes de participación
DESLIZA PARA VER EL CONTENIDO
¿QUIERES COMPARTIR ESTE CONTENIDO EN REDES SOCIALES?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿QUIERES COMPARTIR ESTE CONTENIDO EN REDES SOCIALES?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Miercoles, 22 de Diciembre de 2021 11:41

El STEC-IC rechaza de plano el nuevo borrador de Acceso y exige una negociación real

Peligra la estabilización del profesorado interino con experiencia en Canarias así como las opciones de acceso de los aspirantes libres por el “centralismo” de Madrid y la pasividad del Gobierno de Canarias.

 

En la Mesa Sectorial del Ministerio de Educación celebrada ayer entre el mismo y los sindicatos con presencia en la misma – STEs-i (STEC-IC), ANPE, CC.OO., UGT, CSIF, CIG y ELA- la Administración ha propuesto como plantea el traslado del “Icetazo” al sector docente.

 

El nuevo Real Decreto (RD) de acceso a la función pública docente plantea asentar al personal interino por una doble vía o acceso diferenciado, que nada tiene que ver con las reivindicaciones históricas de nuestra organización; pero pone de manifiesto que la doble vía o acceso diferenciado tiene encaje constitucional como el STEC-IC ha venido defendiendo frente al Gobierno y otros sindicatos que lo han negado e impedido sistemáticamente.

 

Por un lado, plantea asentar por concurso de méritos las vacantes de “estabilización” (el empleo estructural no considerado de “reposición de efectivos”), pero bajo unas condiciones con las que no estamos de acuerdo. Especialmente escandalosa es la idea de que las plazas de estabilización no puedan ser gestionadas por las propias CCAA y, sobre todo, sean convocadas para el profesorado interino del propio territorio o, cuanto menos, que el mismo pueda contar con algún tipo de reconocimiento específico en cuanto a la valoración de méritos se refiere. En resumen, tal cual plantea la norma, los aspirantes de diversas CCAA donde no existan plazas de estabilización o las mismas sean escasas, podrán optar a presentarse en otras CCAA para alcanzar una plaza de estabilización. Ello puede suponer para Canarias, que cuenta con una de las mayores tasas de plazas de estabilización del estado previstas para el profesorado interino (más de 3000), una avalancha de aspirantes sin precedentes provenientes de todo el estado que, a la postre, deje al profesorado con experiencia laboral en Canarias en la calle y sin poder optar a la ansiada estabilidad laboral tal como exige la normativa y sentencias europeas. Para el STEC-IC está cuestión es crucial y justifica por sí sola nuestra frontal oposición al nuevo RD de acceso que pretende imponer el Ministerio de Educación con la escandalosa connivencia de algunas organizaciones sindicales. Ante esta gravísima situación y más allá de las modificaciones propuestas al Ministerio, el STEC-IC reclama que se dote a las Comunidades Autónomas, dentro del marco de sus competencias educativas, de mecanismos para adaptar el nuevo RD de acceso que finalmente pueda aprobarse a nivel estatal, a la realidad concreta de cada territorio.

 

Por otro lado, se mantiene el concurso-oposición para las vacantes de “reposición” (suma de jubilaciones, decesos y traslados a otras comunidades), pero con una serie de modificaciones respecto al concurso-oposición ordinario. Las pruebas no serán eliminatorias –aunque se requerirá una nota mínima de cinco entre las dos-, se elimina el práctico para el grueso de especialidades, la parte segunda de la prueba se simplifica a la defensa de la programación o la exposición de una unidad didáctica, etc. Las oposiciones de 2022, 2023 y 2024 se realizarán bajo esta regulación salvo en las comunidades donde ya están convocadas o las convoquen antes de la entrada en vigor del nuevo RD.

 

Sin embargo, la trasposición de la Ley de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (“Icetazo”) a Educación, al igual que el propio “Icetazo”, no respeta la Directiva 1999/70, ni las sentencias de 19 de marzo de 2020, ni la de 3 de junio de 2021 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por lo que los pleitos continuarán en los tribunales. Asentar por concurso no significa que se sancione a la administración infractora imponiendo la fijeza del personal interino contratado en fraude de ley, ni garantiza su continuidad en el empleo al ser concursos de libre concurrencia y no restringidos, simplemente el baremo del concurso determinará quienes se asientan en la vacante sin oposición. En definitiva y como si los/as trabajadores/as en abuso de temporalidad no importaran, lo que se pretende, en todo caso, es estabilizar plazas y no personas imposibilitando en la práctica, además, el acceso a la función pública del profesorado interino con menor antigüedad así como de los aspirantes sin experiencia previa.

 

En relación al concurso-oposición es casi un calco de otros periodos transitorios, salvo por la eliminación del “informe” exigido en los procesos selectivos transitorios concluidos en 2011.

 

Nuestra organización siempre ha defendido la doble vía/acceso diferenciado pero no en los términos aprobados por el RD. En nuestro modelo, que no tiene carácter excepcional sino ordinario, se da juego al profesorado interino de más experiencia y a los nuevos aspirantes o personal interino reciente. La regulación establecida en el RD, no deja contento a nadie, por no facilitar ni la “automaticidad” en la fijeza en los casos de contratación en fraude de ley, y por limitar las opciones de los más noveles.

 

La fecha prevista para publicar el nuevo RD es febrero o marzo, lo que condiciona que todas las oposiciones publicadas con anterioridad (caso de Asturias, Baleares y Navarra) tendrán que regirse por el RD 276 /2007 en caso de convocar únicamente vacantes de “reposición”.

 

Por todo ello, desde el STEC-IC manifestamos nuestro rechazo a la propuesta de modificación del Real Decreto 276/2007 planteada por el Ministerio al tiempo que exigimos la apertura de una negociación real y pausada al respecto. Igualmente, demandamos a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias que haga valer los derechos del profesorado canario y plante cara a las intenciones del Ministerio de Educación. Lo contrario podría suponer un desastre de proporciones épicas para el profesorado interino y para los aspirantes a la función docente sin experiencia del archipiélago.

 

Adjuntamos el segundo borrador del nuevo RD (en rojo los cambios respecto al primero), que ha sido la base de la negociación en la Mesa Sectorial del Ministerio celebrada ayer, así como sendas tablas resumen de los cambios introducidos respecto al primer y segundo borrador.

 

Canarias, a 22 de diciembre de 2022

Secretariado Nacional del STEC-IC

 

 

 

Descargar tabla anterior en formato PDF.

 

 

 

Descargar tabla anterior en formato PDF.

 


 

IIº Borrador RD por el que se modifica el RD 276/2007 (pdf).

 

Comunicado del Secretariado Nacional del STEC-IC (pdf).

 

Comentarios COMENTARIOS DE LA NOTICIA

Videos destacados Galerías vídeos Ver más

XII CONGRESO DEL STEC-IC. Tejiendo redes de participación
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿Es posible bajar las ratios en Canarias?
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guías Prácticas para el Profesorado
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ

Imagenes destacadas Galerías fotos Ver más

XII CONGRESO DEL STEC-IC. Tejiendo redes de participación

AVISO

Por razones organizativas y técnicas, la opción de comentarios a las noticias permanecerá inhabilitada hasta próximo aviso.

Si deseas realizar alguna consulta, puedes utilizar el resto de vías habituales de contacto.

Saludos cordiales y disculpa las molestias que ello te pueda ocasionar.