ORDEN conjunta de 24 de octubre de 2022, por la que se aprueba el Programa Piloto de Enfermería en el ámbito escolar durante el curso escolar 2022-2023 a desarrollar en determinados centros educativos públicos no universitarios (centros que imparten Educación Infantil, Primaria y Educación Especial) dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En línea con las reiteradas exigencias del STEC-IC al respecto, la Consejería de Educación, en coordinación con la Consejería de Sanidad, pondrá en marcha para el presente curso escolar 2022-2023, un Programa Piloto para implementar la atención de enfermería en el ámbito escolar. En primera instancia se implementará en una selección de centros educativos de Infantil y Primaria y de Educación Especial. Desde el STEC-IC nos congratulamos de que, por fin, la Administración Educativa haya comenzado a tomar en consideración esta demanda histórica que el STEC-IC lleva planteando desde hace años, al tiempo que esperamos que este Programa Piloto pueda convertirse próximamente en una realidad extensible a todos los centros de Canarias, incluidos los del resto de etapas educativas.
Por su interés, consideramos reseñable destacar los siguientes aspectos de la Orden publicitada:
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA
"La ejecución del programa a que se refiere el dispositivo anterior se llevará a cabo durante el curso escolar 2022/2023 en los centros educativos públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en los que se imparten enseñanzas de educación infantil, primaria y educación especial de la Comunidad Autónoma de Canarias y que se designen por la Comisión Mixta de Seguimiento del mismo, en el plazo de 2 meses".
ÁMBITO DE ACTUACIÓN
"La enfermera o el enfermero en el ámbito escolar desarrollará sus funciones en los centros educativos que sean designados por la Comisión Mixta de Seguimiento".
ALUMNADO DESTINATARIO DEL PROYECTO Y TIPOLOGÍA DE CENTROS EDUCATIVOS INCLUIDOS
"1. La población diana a la que se prestarán cuidados de salud será la siguiente:
a) Alumnado con necesidades de salud especiales, que pueden seguir su escolaridad dentro del centro educativo con apoyos específicos.
b) Alumnado con enfermedades crónicas: asma, diabetes, epilepsia, etc.
c) Resto del alumnado.
d) Comunidad educativa, en la formación en hábitos de vida saludables, prevención de accidentes y promoción de la salud.
2. Colegios Públicos Ordinarios: Centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP).
• Alumnos con NEE: alumnos con alguna patología que pueden seguir escolaridad normal con apoyos específicos. Alumnos con necesidades de atención a la salud: niños con patologías crónicas. Alumnos con necesidades educativas especiales: discapacidad física, psíquica o sensorial que cursan su escolaridad en un centro ordinario.
• Alumnos con necesidades de atención a la salud: alumnos con enfermedades crónicas (asma, diabetes, epilepsia, etc.) que precisen intervenciones puntuales o continuadas para mantener sus necesidades de cuidados atendidas, mejorar su calidad de vida, favorecer su rendimiento académico y evitar el absentismo escolar.
• Toda la población escolar (educación infantil y primaria), con o sin patologías, que se beneficiarán de la formación en hábitos de vida saludables, promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
3. Colegios Públicos de Educación Especial: Centros de Educación Especial (CEE).
• Alumnos de 3 a 21 años, con necesidades educativas especiales (NEE) que requieren de adaptaciones que se apartan significativamente del currículo, en la mayor parte o en todas las áreas, ámbitos o materias, y que precisan de la utilización de recursos muy específicos o excepcionales y de difícil generalización, así como un mayor grado de supervisión y ayuda para el desarrollo de las actividades propias para su edad.
- Distintos grados de discapacidad psíquica.
- Plurideficiencias (físicas y sensoriales).
- Distintos grados de déficit motor.
- Alteraciones importantes de la conducta.
4. En cada uno de los centros educativos contemplados en el programa piloto se habilitará un espacio suficiente destinado a la consulta de enfermería, que deberá reunir los requisitos necesarios para la prestación de cuidados y desempeño de sus funciones".
Descargar Orden conjunta de 24 de octubre de 2022, Programa Piloto Enfermería (Pdf).
Por su interés y relación con la materia, publicitamos la siguiente infografía sobre el actual Protocolo de Asistencia Sanitaria al alumnado, haciéndo hincapie especial en la "voluntariedad" de determinados aspectos: