La Dirección General de Personal nos ha comunicado en el día de hoy que cerca de doscientos aspirantes han optado por acreditar su condición de desempleados para la exención de tasas con el DARDE, lo cual no es correcto. Al parecer, la confusión se deriva, al menos en parte, por la información errónea que algún sindicato está ofreciendo sobre el particular. Probablemente la misma organización que está informando sobre la obligatoriedad de pagar las tasas y/o presentarse a las oposiciones para permanecer en las listas de empleo. Aclaramos que ambas informaciones son totalmente incorrectas.
Recordamos que a efectos de la exención de tasas como desempleado, tal como explicita claramente la propia convocatoria de oposiciones, hay que acreditar tal condición adjuntando una CERTIFICACIÓN DE DESEMPLEO que se podrá obtener a través de este enlace.
Literalmente, la citada convocatoria establece al efecto lo siguiente como requisito de acreditación:
“Certificado del servicio público de empleo competente que acredite la condición de persona demandante de empleo. No será válida la copia de la demanda de empleo o documento acreditativo de su renovación. (Darde)”.
Las personas que no hayan acreditado adecuadamente su condición de desempleados para la exención de la tasa pueden realizar una nueva solicitud de inscripción, adjuntando ahora el documento válido (o abonando la tasa), dentro del plazo establecido. Caso contrario, serán excluidos provisionalmente del procedimiento.
Indicar finalmente que la última solicitud correctamente presentada y registrada anulará a todos los efectos cualquier otra anterior existente.
Recuerda que en esta Web del STEC-IC solo encontrarás información veraz y contrastada.