El domingo 2 de octubre de 2016 entró en vigor parcialmente la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que, entre otras novedades, considera a efectos administrativos inhábiles los sábados (artículo 30, apartado 2).
Así pues, a partir del 2 de octubre de 2016 y para cualquier procedimiento administrativo, cuando los plazos se determinen en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.