Una confusión muy común es considerar que los ámbitos y preferencias escogidos por los integrantes de las Listas de Empleo para la Adjudicación de Destinos Provisionales afectan también a los nombramientos de sustitución. Hay que tener en consideración que ambos son procedimientos diferentes y, por tanto, lo escogido en la Adjudicación no se "arrastra" a los nombramientos de sustitución que se produzcan a partir del 1 de septiembre. Para esto último, las modificaciones deseadas, si fuera el caso, hay que realizarlas específicamente para que se vean reflejadas en el expediente personal. A los efectos aquí tienes nuestra Guía Práctica para la elección y cambio de preferencias y ámbitos para los nombramientos de sustitución.
Recuerda que, a petición del STEC-IC, para el presente curso 2020-2021, las modificaciones de ámbitos y preferencias que solicites para las sustituciones se hará efectiva a partir del 22 de septiembre y no del 1 de octubre como venía siendo habitual.
Igualmente, debes tener en consideración que el orden de centros que incluyeras en tu petición de Adjudicación, no se tiene en consideración a la hora de realizar los nombramientos de sustitución.
A fin de aclarar mejor lo anterior, difundimos esta infografía que resume las diferencias entre el procedimiento de Adjudicación Provisional de Destinos y los nombramientos de sustituciones que se produzcan durante el curso y que esperamos resulte de utilidad. Puedes picar en la imagen para ampliar o descargar el documento.
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