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Martes, 02 de Marzo de 2021 17:18

Mesa de Negociación 02-03-2021 sobre nueva normativa de Listas de Empleo

En el día de hoy (02-03-2021) se ha celebrado una nueva mesa técnica de negociación sobre la nueva normativa de Listas de Empleo.

 

La negociación se retoma a partir de lo hablado el día anterior aunque, en aquella ocasión solo se dieron algunas opiniones de tipo general sobre el documento en su conjunto. En la mesa de hoy se ha entrado a valorar los artículos 3, 4 y 5.


Artículo 3.- Constitución de las listas de empleo


La consejería insiste en su idea de la mesa anterior de constituir los bloques en función a criterios de experiencia docente en la especialidad y ya aparece este concepto incorporado en el nuevo borrador.

 

Tras la publicación de esta orden, según la Administración, las listas de empleo por cuerpos docentes y especialidades se ordenarán partiendo de las listas en vigor hasta ese momento. Cada una de estas listas se constituirá por bloques en función del tiempo prestado por sus integrantes en centros educativos públicos de Canarias, según los criterios que se aprueben.

 

El STEC-IC, como cuestión fundamental, propone que se baje a 3 años la experiencia docente para pasar al bloque 1. Además, en como propuesta intermedia e intentando llegar a un consenso frente a la pretensión, aparentemente inamovible, de la Administración, el STEC-IC propone que la experiencia docente se compute como hasta ahora (por todos los cuerpos y especialidades) y que se añada como requisito el tener esa misma antigüedad de años de permanencia en la lista aunque no se tenga experiencia en la misma.

 

Respecto a la propuesta de bajar  a los 3 años hay unidad sindical y respecto a la especialidad se manifiestan en la misma línea que el STEC-IC la práctica totalidad de las organizaciones sindicales, la única que se manifiesta claramente a favor de computar únicamente la experiencia por especialidad es INSUCAN.

 

La Administración manifiesta que no es su pretensión bajar el umbral de los 5 años para entrar en el bloque 1 y, respecto a si la experiencia docente se considera en la especialidad o en todos los cuerpos y especialidades, habla de que puede haber cierta flexibilidad y vuelve a solicitar una ronda de intervenciones.

 

En dicha ronda, el STEC-IC ilustra su propuesta con algunos ejemplos claros en los que si se tomara en consideración únicamente la experiencia por la especialidad, y con la exigencia de 5 años para acceder al bloque 1, se perjudicará a docentes del cuerpo de maestros donde la experiencia suele estar repartida entre distintas especialidades, lo mismo ocurre con muchas especialidades de secundaria y FP donde existe permeabilidad entre las listas así como entre las especialidades de idiomas de secundaria y las de las  EEOOI.

 

La propuesta de la Administración, a falta de concretar qué hará respecto al criterio de la experiencia docente (por especialidad o por todos los cuerpos y especialidades) queda como al principio:

 

- Bloque 1: más de 5 años de experiencia docente en la misma especialidad en centros públicos de Canarias.

- Bloque 2: entre 1 día y 5 años de experiencia docente en la misma especialidad en centros públicos de Canarias.

- Bloque 3: Quienes no posean experiencia docente en la misma especialidad en centros públicos de Canarias.

 

Artículo 4.- Revisión de las listas cada curso escolar.

 

A la finalización de cada curso escolar se actualizarán las listas de todas las especialidades de modo que quienes vayan alcanzando los requisitos irán promocionando al bloque superior.

 

Se le solicita a la Administración que la fecha de referencia para esta promoción sea el 31 de agosto de cada año con el fin de que cada curso entren todas las personas que a esa fecha cumplan los requisitos de experiencia teniendo en cuenta que, como el curso empieza el 1 de septiembre, el 31 de agosto es cuando más personas cumplen años de experiencia docente.

 

La Administración responde que hará la consulta a los servicios jurídicos para ver si es posible dado que las nuevas listas tienen que tomarse en cuenta para los nombramientos. En cualquier caso, la revisión anual se hará antes de la reordenación cuando haya procesos selectivos.

 

Artículo 5.- Procedimiento de ordenación de las listas después de cada proceso selectivo.

 

La administración propone que para entrar o continuar en las listas de empleo basta con inscribirse en los procesos selectivos.

 

Desde el STEC-IC, se valora positivamente que no sea prescriptivo presentarse a oposiciones y se propone limitar el baremo por nota de oposición a 5 puntos igualando con el total por experiencia docente. Asimismo, valoramos conveniente elevar algo el baremo de la experiencia por otra especialidad, 0,2 puntos por año nos parece insuficiente proponemos 0,4 ó 0,5.

 

Por otra parte, sugerimos valorar la retirada de los apartados de formación y evaluación del desempeño de la práctica profesional. En el primer caso, porque consideramos que la mayoría de los integrantes de las listas alcanzarán fácilmente el máximo que se establezca para dicho aportado y, por contra, generará mayor dificultad en la gestión de las listas. En el segundo caso, porque plantea dudas respecto a la objetividad y, al mismo tiempo, puede plantear problemas de inseguridad jurídica al no ser un mérito que pueda ser alcanzado por todas las personas integrantes en la lista.

 

El resto de organizaciones sindicales hicieron diversas propuestas en diferentes sentidos, algunas coincidieron en no incorporar la valoración del desempeño pero no todas y algunas también coincidieron en que no se valore la formación permanente.

 

La Administración plantea que analizará las propuestas aunque se muestra partidaria de mantener tanto la formación como la evaluación del desempeño.

 

Martes a las 10:00 horas nueva comisión técnica sobre el borrador de orden de listas de empleo.

 

Otros asuntos:

 

Se nos informa de que al final de esta semana se publicarán casi todas las listas de empleo que faltan por salir.

 

La Administración aclara, tal como ha exigido el STEC-IC, que el profesorado integrante de las listas de empleo y logopedia que ha sido nombrado hasta el 31 de agosto podrá solicitar las comisiones de servicios por salud, necesidades docentes, por cargos electos, puestos de carácter singular, y de  provisión voluntaria. A petición del STEC-IC y ante la denuncia realizada al respecto hoy mismo, la Administración se compromete a publicar una  nota aclaratoria puesto que reconocen que los anexos II y III de la resolución se prestan a confusión.

 

La Administración dará información sobre la vacunación del profesorado en una mesa de negociación que tendrá lugar el viernes.

 

Canarias, 2 de marzo de 2021
SECRETARIADO NACIONAL DEL STEC-IC

 

Descargar informe mesa técnica 02-03-2021 (pdf).

 

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