LISTAS DE EMPLEO
En el día de hoy ha tenido lugar una nueva Mesa Sectorial en la que se ha se aprobado el nuevo acuerdo de listas de empleo con el apoyo de las organizaciones sindicales. Aunque el mismo no satisface todas las aspiraciones del STEC-IC, consideramos que se trata en general de un acuerdo aceptable que proporcionará estabilidad a más de 7000 docentes interinos y sustitutos de Canarias. Una cifra histórica en nuestra comunidad. Además, este acuerdo supera con creces las condiciones de los anteriores, especialmente el nefasto Decreto 74/2010, que nunca fue suscrito por el STEC-IC.
Por otra parte, debemos recalcar que en la mesa de hoy se han producido algunas mejoras, siendo la más relevante el cambio de la disposición transitoria segunda que permitirá que alrededor de 1400 docentes más se incorporen al bloque 2 al bajar la exigencia de 5 años de experiencia en otras especialidades a 3 para quienes lleven al menos 5 de permanencia en alguna especialidad.
Aún así, el STEC-IC seguirá intentando mejorar las condiciones del acuerdo en la normativa de desarrollo del mismo que todavía queda pendiente.
Los aspectos más relevantes del acuerdo son los siguientes:
A) Estructura de las listas de empleo:
Se dividen en tres tramos denominados bloque 1, bloque 2 y bloque 3.
Bloque 1: integrado por quienes tengan al menos 5 años de experiencia docente impartiendo la especialidad correspondiente en centros públicos de Canarias.
Transitoriamente, en el momento de constituirse por primera vez las listas, podrán incorporarse al bloque 1, quienes teniendo 5 años de permanencia en una especialidad, acumulen 5 puntos atendiendo a los siguientes criterios a 31 de agosto de 2021:
Bloque 2: integrado por las personas que hayan trabajado como docentes en los centros públicos de Canarias con menos de 5 años de antigüedad en la especialidad correspondiente y los aspirantes que superen la fase de oposición y no sean seleccionados que no pertenezcan al bloque 1.
Transitoriamente, en el momento de constituirse por primera vez las listas, podrán incorporarse al bloque 2 quienes, tomando como referencia la fecha de 31 de agosto de 2021, acumulen 5 años de permanencia en una especialidad y, al menos 3 años(nuevo) de experiencia docente en otras especialidades en centros públicos de Canarias.
Bloque 3: Resto de personas que formando parte de estas listas de empleo no hayan trabajado aún como docentes en los centros docentes educativos públicos de Canarias, en la especialidad correspondiente.
B) Actualizaciones anuales:
De oficio, al final de cada curso. Tomando como referencia la experiencia docente a 31 de marzo anterior.
Acceso al boque 1: los integrantes del bloque 2 que alcancen los 5 años de experiencia docente en alguna especialidad en centros públicos de Canarias, accederán al bloque 1 por la especialidad correspondiente.
Acceso al bloque 2: los integrantes del bloque 3 que sean nombrados por alguna especialidad en centros públicos de Canarias, accederán al bloque 2 por la especialidad correspondiente.
Actualizaciones en el bloque 3: en caso de ser necesario, los componentes del bloque 3 se actualizarán según el nivel de afinidad de su titulación con la especialidad correspondiente.
C) Criterios de ordenación tras cada oposición:
Bloque 1: los aspirantes integrantes del bloque 1 que superen la fase de oposición y no resulten seleccionados, promocionarán el 50% de su posición en la especialidad en la que hayan superado la fase de oposición. El resto permanecerá en su orden de lista.
Bloque 2: en este bloque se integrarán los aspirantes que, no perteneciendo al bloque 1, superen la fase de oposición y no resulten seleccionados; los cuales se reordenarán con el resto de integrantes de este bloque atendiendo a los siguientes criterios:
B1) Experiencia docente en centros públicos de Canarias:
Para hacer el cómputo se suma toda la experiencia acumulada y se calcula a razón de 1 año (12 meses / 365 días). Los restos inferiores a 30 días no se computan.
B2) Calificación de la fase de oposición en la misma especialidad:
Se toma en cuenta la mejor calificación de las tres últimas convocatorias.
Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
B3) Podrán ser tenidos en cuenta otros méritos como Máster, Grados y títulos idiomáticos y/o la evaluación de la función docente en centros públicos.
Estos méritos, con una valoración máxima de 2 puntos, se determinarán en el procedimiento selectivo correspondiente.
Bloque 3: Se integrarán en este bloque las personas participantes en el proceso selectivo que no hayan superado la fase de oposición y que no tengan acumulada experiencia docente en la especialidad en centros educativos públicos de Canarias. Se ordenarán conforme al nivel de afinidad de su titulación y dentro del mismo, en orden decreciente por la calificación de la fase de oposición en la última convocatoria calculada conforme al sistema de calificación establecido en las bases del correspondiente proceso selectivo. Los ejercicios no realizados tienen una puntuación de cero (0).
Asimismo, para la ordenación en este bloque se tendrá en cuenta la experiencia docente en centros públicos de Canarias, a razón de 0,20 puntos por año (0,0166 puntos por cada mes).
Opciones de disponibilidad, ámbitos y preferencias:
Se contempla la opción de modificar estas opciones de manera independiente en cada cuerpo o especialidad. Además, se diferenciará completamente el procedimiento de Adjudicación de destinos provisionales del de nombramientos diarios. Esto permitirá más opciones al profesorado interino en función de sus intereses y necesidades personales o familiares.
ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
OTROS TEMAS DE INTERÉS
En el punto final, referido a ruegos y preguntas, el STEC-IC plantea las siguientes cuestiones y la Administración remite algunas aclaraciones de relevante interés:
Sin más cuestiones que tratar, la mesa sectorial finaliza a las 14:20 horas.
Canarias, 14 de mayo de 2021
Secretariado Nacional del STEC-IC