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Miercoles, 09 de Marzo de 2022 09:58

El STEC-IC insta a Educación a publicar el baremo detallado y a respetar la nueva Orden de listas de empleo

La interpretación que ha dado la Consejería podría generar inseguridad jurídica y romper con lo pactado en la Mesa Sectorial entre la Administración y todas las Organizaciones Sindicales

 

El nuevo sistema de constitución y funcionamiento de listas de empleo no es el que el STEC-IC habría querido, pues nos habría gustado que el número de docentes que accedieran al bloque 1 hubiera sido mucho más numeroso y que los requisitos exigidos para ello, especialmente el de experiencia docente, hubieran sido menores. Igualmente, nos habría gustado que dentro del bloque 2 se tuvieran en cuenta otras consideraciones y que en el bloque 3 la afinidad que, todavía está por aplicar, no fuera tan determinante como pretende la Administración.

 

Por supuesto, otras organizaciones sindicales tenían también sus preferencias y la Administración, las suyas. Pero nada de eso importa ya. Ahora solo importa que, al final, se llegó a un acuerdo que todas las partes ratificamos. Un acuerdo que, sin satisfacer plenamente a ninguna de las partes implicadas en el proceso negociador, tampoco dejó del todo insatisfecho a nadie. En definitiva, nos guste más o menos, en esto consiste un proceso de negociación. Pero esto es solo la primera parte del proceso, la segunda consiste en respetar los acuerdos a los que se ha llegado. A veces, puede incluso darse el caso de que el incumplimiento de los acuerdo por una de las partes hasta convenga a la otra pero, no nos engañemos, siempre que se incumple un acuerdo se lesionan los derechos de alguien y ese alguien, en defensa de sus legítimos derechos puede acabar llevando la norma a los tribunales y eso no es lo que más conviene a una norma que acaba de ser negociada y que, desde el STEC-IC, esperamos que se mantenga en el tiempo.

 

En todo caso y sentado que no es la norma que el STEC-IC habría deseado, la Orden de 9 de agosto de 2021, surgida del acuerdo unánime de la Mesa Sectorial, es mucho mejor que el Decreto 74/2021 y la Orden de 22 de mayo de 2011 que lo desarrollaba. Igualmente, mejora con creces al malogrado acuerdo de 2019 al que solo el STEC-IC se opuso porque no garantizaba la estabilidad del profesorado con menos de tres años de experiencia. Una estabilidad que no solo beneficia al profesorado interino sino que, también será buena para los claustros y para la calidad de la Educación Pública que, en definitiva, es lo que más debe importar a la sociedad en su conjunto.

 

Sin embargo, el STEC-IC teme que la errónea interpretación que se le está dando al acuerdo por parte los servicios jurídicos de la Consejería, no se corresponde ni con lo pactado ni con lo que se desprende de la lectura literal de la orden. Por ello, y en aras a evitar que esta interpretación errónea pueda acarrear lamentables conflictos jurídicos en el futuro que deriven en perjuicios para la propia norma, desde el STEC-IC instamos a la Consejería de Educación a reconsiderar su interpretación y a atenerse a lo estrictamente establecido en la normativa, tal como se acordó en la Mesa Sectorial de Educación el pasado mes de mayo de 2021 y a publicar los baremos aplicados para la configuración y actualización de listas con todo el detalle necesario para garantizar la máxima transparencia y facilitar las posibles reclamaciones de las personas interesadas.

 

Canarias, 9 de marzo de 2022

Secretariado Nacional del STEC-IC

 

 

Todo sobre las Listas de Empleo en Canarias.
 

 

Descargar comunicado del Secretariado Nacional del STEC-IC (pdf).

 

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