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Jueves, 11 de Marzo de 2021 13:43

Mesa Técnica de negociación Listas de Empleo Conservatorios

La mesa comienza a las 09:15 horas. La Administración comienza haciendo una breve exposición de los cambios recogidos desde la reunión anterior, resaltando la seguridad jurídica que debe amparar esta norma en función a los cambios formulados en el punto que afecta a los criterios de formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas. El STEC-IC interviene para manifestar su acuerdo en la supresión del punto 2.2 B puesto que hay sentencias y jurisprudencia que aconsejan suprimir este párrafo para garantizar la legalidad de la resolución.

 

A continuación, se procede a desgranar aquellas especificaciones relevantes en la actualización y creación de las nuevas listas. Algunas organizaciones sindicales se manifiestan en contra al pensar que futuros procesos selectivos pueden suponer un golpe de inestabilidad con las condiciones redactadas. La Administración garantiza que estas listas tendrán la misma vigencia que el resto de las listas de empleo existentes, puesto que se regirá por la normativa establecida en nuestra Comunidad Autónoma. Insisten en que para obtener nombramiento se seguirá el orden de lista tras el proceso selectivo, para otorgar el mismo tratamiento que al resto de cuerpos docentes.

 

Una parte sindical se manifiesta en contra, puesto que la casuística del Cuerpo de Conservatorio es distinta al resto del profesorado. Desde la Consejería, se justifica la redacción actual en el ajuste a la normativa en listas de empleo que estará vigente y, además, supone una garantía jurídica que dará temporalidad a la norma.

 

Una vez acabado el texto de la Resolución, se procede a tratar los Anexos del borrador. Se comienza con el tercero, donde se han incorporado algunas titulaciones no fueron contempladas por la Administración en un principio. El STEC-IC solicita la palabra para hacer alusión a la titulación referente a la batería de jazz, indicando que debería figurar en la opción instrumental de batería de jazz y no de percusión, tal y como está redactado. La Administración responde justificando la decisión en normativas existentes en esta materia, donde se hace alusión a la percusión únicamente. Solicitamos que, si es posible, se proceda a revisar este aspecto de nuevo porque nos continúa generando incertidumbre. 

 

Se continúa con el baremo de méritos, explicando la Administración las novedades incluidas así como los cambios aplicados en la redacción. El STEC-IC solicita la palabra para realizar algunas aportaciones:

 

  • Propone que no haya límites en la antigüedad de los méritos artísticos, aunque estima que se ha progresado al pasar de los últimos 5 años a los últimos 7 años la limitación de los méritos artísticos. 
  • La posibilidad de incluir los reestrenos, ya que una obra que se reestrena es debido normalmente a la propia calidad de la obra, y entendemos que debe tener algún tipo de aliciente desde el punto de vista de la puntación. 
  • También proponemos que se valoren como méritos los arreglos, así como la realización de orquestaciones. 
  • Asimismo, proponemos que se valoren los premios nacionales o internacionales que muestran reconocimiento profesional y artístico, argumentamos para ello que los premios que suelen ser entregados por un jurado que tienen en cuenta una trayectoria profesional o una obra de indudable calidad. La Administración responde que ve complicada esta inclusión por la dificultad que supondría su baremación desde un prisma objetivo. Insisten en que, aparte de no ver este hecho viable, entienden que puede verse la norma empañada por la subjetividad. 

 

Al concluir la mesa se acordó volver a retomar la negociación y concluirla el próximo lunes día 15 de marzo en una Mesa Sectorial especifica. 
 

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