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Sabado, 21 de Octubre de 2023 12:29

Mesa General de Empleados Públicos sobre la Ley de Presupuestos 2024

Ayer día 20 de octubre tuvo lugar la reunión de la MGNEP sobre la Ley de presupuestos generales de Canarias para el ejercicio 2024.

 

A dicha mesa acudieron las organizaciones sindicales más representativas en el sector público, entre las que se encuentra el STEC-Intersindical Canaria, el Viceconsejero de Función Pública, el Director General de la Función Pública, el Director General de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y la persona responsable en materia de personal de cada Consejería. Por la Consejería de Educación acudió inicialmente el Secretario General Técnico y, posteriormente, la Directora General de Personal que se incorporó tras finalizar la Mesa Sectorial de Educación que tuvo lugar también en el día de hoy.

 

Desde el STEC-IC realizamos las siguientes propuestas al borrador de Ley de presupuestos generales de Canarias para 2024:

 

1. Propuestas de carácter general que afectan a la globalidad de los empleados públicos.

 

  • Equiparación del complemento específico de las pagas extraordinarias al 100% del que corresponda a una mensualidad. Actualmente, tanto en el sector docente como en el sanitario, no se cumple el acuerdo que establecía esa mejora que debería haberse culminado hace más de 10 años. En el caso del profesorado, dicho complemento se sitúa en el 78% del correspondiente a una mensualidad de dicho complemento.

 

  • Incremento de la indemnización por residencia en el mismo porcentaje que el establecido por normativa estatal para las retribuciones básicas. Abono de este concepto a todo el personal de la Administración autonómica independientemente de cuál sea su vínculo con la Administración: funcionario, personal laboral o estatutario.

 

  • Actualización de las indemnizaciones por razón del servicio en el mismo porcentaje que el establecido por normativa estatal para las retribuciones básicas. Además, en el caso de las dietas por alojamiento y manutención y la indemnización por uso del vehículo particular deben elevarse hasta alcanzar, al menos, las cuantías que establece el Estado para el personal de la Administración General del Estado (AGE). En el caso del kilometraje, alcanzar los 0,26 €/km (ahora mismo está fijado en 0,19 desde 2008).

 

2. Propuestas de carácter sectorial que afectan al sector educativo.

 

  • Reformulación del artículo 41, referente al complemento retributivo por formación permanente del profesorado y otros complementos incluidos en el acuerdo de mejora retributiva de 2017 en los siguientes términos:

 

- Eliminación de la condición establecida por la Ley de Presupuestos Generales que deriva los efectos retributivos de los sexenios perfeccionados en 2024 al 1 de enero de 2025. Esta condición no estaba en el acuerdo original y se incorporó a la Ley con el pretexto del periodo inicial de implantación progresiva del  citado complemento. La propuesta que se hace desde el STEC-IC es que los nuevos sexenios que sean reconocidos en 2024 surtan efectos económicos desde el día uno del mes siguiente a la fecha de perfeccionamiento, igual que los trienios.

 

- Aplicación de todos los términos del acuerdo al personal laboral docente no universitario. En la negociación del acuerdo siempre se hizo referencia al profesorado de manera genérica y en el texto del acuerdo se habla siempre del personal docente no universitario sin excluir a ningún docente pero la Ley de presupuestos volvió a tergiversar el acuerdo especificando funcionarios docentes con lo que se excluye al personal laboral.

 

- Abono de 14 pagas iguales por sexenios. El acuerdo establecía claramente 14 pagas iguales, 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias. La Ley de presupuestos volvió a tergiversar el acuerdo estableciendo 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias del 78% de una mensualidad del referido complemento.

 

- Actualización de las cuantías de todos los complementos del acuerdo retributivo (sexenios, tutoría, PILE, TIC, etc.) en el mismo porcentaje que el establecido por normativa estatal para las retribuciones básicas. Desde la firma del acuerdo, no se han actualizado por lo que a estas alturas han quedado absolutamente desfasadas.

 

  • Eliminación de las horas lectivas complementarias. Esta denominación es en realidad una forma de eludir la prohibición expresa de realización de horas extraordinarias evitando contratar a docentes de las listas de empleo para la misma función. En todo caso, que únicamente se puedan abonar por este concepto, y con carácter absolutamente extraordinario, las acciones de refuerzo educativo y mejora de los aprendizajes cuando no sea posible hacerlo mediante el incremento de la jornada lectiva de docentes  con nombramiento a jornada parcial o con docentes de las listas de empleo. Además, las cuantías a abonar por estas horas se actualizarán en el mismo porcentaje que el establecido por normativa estatal para las retribuciones básicas.

 

  • Actualización de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias en el mismo porcentaje que el establecido por normativa estatal para las retribuciones básicas.

 

  • Eliminar la disposición adicional trigésima octava que prevé la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. Los centros concertados son empresas privadas que ofertan un servicio a la Administración pública, debiendo disponer de las instalaciones y los recursos propios necesarios para la prestación del servicio en condiciones adecuadas. Dese el STEC-IC entendemos que es una obscenidad destinar recursos públicos al sostenimiento de centros concertados en un contexto en el que los propios centros públicos demandan mayor atención en este aspecto por parte de la Administración.

 

Además, exigimos que desde la Administración Educativa se establezcan protocolos de control efectivo para impedir que los centros concertados cobren a las familias cualquier tipo de aportación bajo cualquiera que sea la denominación que se utilice para camuflar el pago del servicio. Si llegara el caso, la Administración debe tener la capacidad de suspender o revocar el concierto a los centros que incumplan la normativa.

 

  • Reformular la disposición transitoria tercera que estable que las listas de empleo del profesorado no universitario quedan fuera del ámbito de aplicación del Decreto 74/2010 y se regulan mediante la Orden de 9 de agosto de 2022. En concreto se propone sustituir los apartados segundo y tercero por la redacción que figura en las convocatorias de los procedimientos de concurso-oposición convocados en 2023 al amparo del RD 270/2022 que establece lo siguiente:

 

“Una vez finalizado el proceso selectivo se incorporarán a las listas de empleo para cada una de las especialidades convocadas los aspirantes presentados a la convocatoria que hayan sido calificados en la primera parte de la prueba de la fase de oposición y reúnan los requisitos de titulación que para cada una se exige de conformidad con la Orden reguladora de las titulaciones para formar parte de las mismas. Su integración y ordenación se realizará en la forma establecida en la normativa reguladora de conformación de listas de empleo vigente en el momento en que se efectúe.

Las personas integrantes de listas de empleo podrán permanecer en las mismas, sin la obligación de presentarse a las pruebas selectivas, durante los ejercicios 2023 y 2024 teniendo en cuenta el desarrollo de los procedimientos selectivos convocados conforme a lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público”.

 

  • Asimismo, hemos pedido que se nos diga a cuánto se eleva, sumando todos los capítulos, el presupuesto educativo en términos absolutos y, también, en términos de porcentaje del PIB. Para el STEC-IC es fundamental que se cumpla la Ley Canaria de Educación en lo referente a la inversión que debería haberse situado en el 5% del PIB desde el año 2022 por lo que ya llevamos dos años de retraso y todo parce indicar que seguiremos sin alcanzar ese umbral mínimo, al menos, otros dos años más.

 

En el ejercicio 2022 Canarias alcanzó un PIB de 47.762 M€ y todas las previsiones apuntan a que 2023 terminará con un incremento del 3%, lo que situaría el IPC de 2023 muy cercano a los 49.200 M€ mientras que la inversión en Educación en 2023 fue de 2.276.449.226 €, de los cuales 2.275.144.971 € corresponden al presupuesto consolidado del área y 1.304.255 € corresponden a transferencias de otros departamentos. Con estas cifras la inversión en Educación en términos de porcentaje de PIB se situaría en torno al 4,63% para 2023.

 

De acuerdo con las previsiones referentes a la evolución del PIB, para 2024 se prevé un incremento del 1,4% en el escenario más desfavorable, lo que situaría el PIB en términos absolutos en torno a los 49.900 M€. Con esta previsión, para alcanzar el 5% de inversión, el presupuesto educativo debería situarse alrededor de los 2.495 M€. Es decir, para 2024 el presupuesto educativo debería incrementarse unos 220 M€ respecto al de 2023.

 

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