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INTERINOS/AS QUE TERMINAN CONTRATO EN JUNIO
RETRIBUCIONES
Los interinos que terminan nombramiento en junio, además de la retribución del mes y la paga extra que le corresponde, perciben:
* El importe de las vacaciones no disfrutadas (dos días y medio por mes trabajado).
* La parte proporcional de la paga extra del mes de diciembre de 2018 (número de días trabajados en junio 2018 dividido entre 180).
TRAMITACIÓN DEL PARO
Los interinos al terminar su contrato tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo si tienen cotizado más de un año. El trámite se realiza en la correspondiente oficina de empleo.
El plazo para solicitar la prestación de desempleo es de 15 días hábiles desde que se termina el contrato. El plazo comienza a contar una vez finalizadas las vacaciones no disfrutadas.
Recomendamos acudir a la Oficina de Empleo con suficiente antelación para comprobar su situación y evitar que se pase el plazo para solicitar el desempleo caso de existir algún error en el proceso.
INTERINOS/AS DE BAJA AL FINALIZAR NOMBRAMIENTO
Los interinos de baja que finalicen su contrato pasarán a cobrar su prestación por Incapacidad temporal (IT) directamente de la Seguridad Social.
Deben acudir a la seguridad social con el primer parte de baja y el primer parte de confirmación posterior al cese, con su DNI y sus datos bancarios y solicitar en la oficina de la seguridad social que le corresponda el pago directo de la prestación por Incapacidad temporal (IT).
Cobrarán el 75% de la base de cotización, con un máximo de lo percibido por el paro.
Si se produce el alta médica, deben solicitar el paro en el plazo de 15 días hábiles desde el alta.
Pica en la imagen para ampliar.
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Pago del verano a interinos que cesan 30 junio....
Saludos compañeros
¿Ya conocen semejante noticia?...también lo han dicho por radio a nivel nacional
http://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-seguridad-social-advierte-comunidades-autonomas-no-pueden-despedir-docentes-interinos-verano-20180628142911.html
Ya informan
Un saludo cordial
Buenos días compañero, lo estamos estudiando para ver si aporta alguna cuestión a lo ya conocido. En Canarias, los nombrados a vacantes en septiembre ya cobran julio y agosto y están, consecuentemente, de alta en la SS. Existen algunos casos sobre los que ya está trabajando nuestra asesoría jurídica. En todo caso, estamos animando a los compañeros/as a presentar reclamación en el caso de haber trabajado 5 meses y medio durante el curso aunque no fuera con ocasión de vacante. Se trata de presionar para recuperar este derecho perdido en 2011. En todo caso, son cuestiones diferentes. Aquí tienes el modelo por si aún no lo has hecho y te animas: MODELO RECLAMACIÓN Saludos.
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